El intendente Olivero presentó un proyecto de ordenanza con aumentos del 32% del UMM y modificaciones en el ítem “asfalto” para los contribuyentes

Tomó el pasado miércoles estado legislativo el expediente nº 5595-SHyF-MDLP-2019 y pasó a la comisión de Hacienda, Presupuesto y Desarrollo Económico del Concejo Deliberante de La Punta, donde debería haber sido tratado esta semana, y por el cual se estipula un aumento aproximado mayor del 32% del valor de la Unidad Monetaria Municipal (UMM) con la cual se rigen los valores de muchas tasas municipales, y modificaciones para los contribuyentes cuyas propiedades se encuentren en calles asfaltadas.

El expediente enviado por el intendente municipal Martín Olivero, considera que es necesario debido a la variación de los indices inflacionarios, modificar el valor de la UMM que estaba establecido según ordenanza Nº 387-HCDCDLP-2018 TARIFA EJERCICIO FISCAL 2019 en un valor de $15,60. Según las consideraciones presentadas en dicho expediente, se solicita la modificación del art nº4 de la mencionada ordenanza para llevar el valor de la UMM a $ 20,30 un 32 % mayor del valor estipulado oportunamente, y que impactará en tasas municipales, como canones, multas, comercios, sellados, etc

Además, se pide modificar el art nº 12 de dicha ordenanza que establecía los valores adicionales que se cobran a quienes poseen propiedades inmuebles ubicadas sobre calles o avenidas pavimentadas, y que según el punto a) de dicho articulado debía pagarse un recargo del 20% adicional al CUM que le correspondía abonar. Esto ahora se solicita modificar para incorporar los siguientes items:

Con esto, en el ítem “asfalto” se le aplicará a los contribuyentes un aumento distinto, y mucho mayor, al que se tenía considerado en la  ordenanza 387-HCDCDLP-2018 TARIFA EJERCICIO FISCAL 2019 que fuera aprobada oportunamente.

Queda sujeto al tratamiento en la comisión de Hacienda, Presupuesto y Desarrollo Económico y habrá que ver en la sesión ordinaria si esto prospera y es aprobado por el Concejo Deliberante, ya que implica, tal como lo hemos mencionado, un impacto en los valores actuales de todo aquello que se rige por el UMM, por ejemplo tasas municipales, multas, CUM, impuesto por asfalto, etc

 

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