El municipio recordó a comerciantes la plena vigencia de las ordenanzas por pirotecnia cero y venta y consumo de alcohol

La Municipalidad de la Ciudad de La Punta, a través de la Dirección de Comercio y Transporte, envió una nota a los comercios recordándoles la plena vigencia de las ordenanzas N° 208/14 relacionada a la venta de alcohol y la N° 125/12 vinculada a la prohibición total de la venta de pirotécnica.

En vísperas de las fiestas de Navidad y Año Nuevo y atento a la mayor demanda y venta de alcohol, cabe recordar que la ordenanza N° 208/14 dice: “Prohíbase la venta de Bebidas Alcohólicas a Menores de 18 años y el expendio de Bebidas Alcohólicas a mayores de 18 años, entre las 23 hs. y las 8 hs. del día siguiente, en todos los establecimientos comerciales del ejido municipal de la ciudad de La Punta”, en su Artículo 1°.

“Art.2º.- Prohíbase el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o en espacios públicos de este municipio”.

Además, expresa: “Art.3º.- Prohíbase el consumo de bebidas alcohólicas en la puerta y adyacencias de escuelas públicas y privadas, edificios destinados a cultos religiosos, mercados, almacenes, despensas, rosticerías, autoservicios, estaciones de servicio, kioscos, serví compras, shop”.

En tanto, la ordenanza N° 125/12, manifiesta: “Prohíbase, en el ámbito de la ciudad de La Punta, la tenencia, fabricación; comercialización; acopio; depósito; venta al público, mayorista o minorista, y el uso particular, de todo tipo de elemento de pirotecnia, tanto los de venta libre, como los de venta controlada por el RENAR”.

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