Intensifican operativos en comercios con delivery
Las áreas de Bromatología, Tránsito y Comercio realizan controles a fin de dar cumplimiento a la resolución N° 24 que apunta a regular este servicio mediante la documentación requerida en regla, tanto del vehículo como de la comida transportada y de las cajas de delivery en condiciones de salubridad correspondientes.
Asimismo la portación de un chaleco refractario identificatorio que otorga la Dirección de Comercio a fin de identificar a los conductores y comercios a los que pertenecen.
Hasta el momento alrededor del 50% de los comercios cumple con la reglamentación vigente.
Cabe destacar que la Resolución N° 24 establece pautas para quienes trasladen o manipulen alimentos. Entre las que figuran:
1) Los comercios o establecimientos que elaboren y distribuyan sustancias alimenticias y/ o comidas elaboradas deberán estar habilitados comercialmente y cumplir todos los requisitos establecidos por la legislación municipal, por el Código Alimentario y/o demás disposiciones o resoluciones aplicables a esta situación.
2) Todo el personal que preste el servicio de delibery en el comercio, deberá tener libreta Sanitaria.
3) El comercio o empresa que preste el servicio de Delibery , será responsable del hacer cumplir al personal designado para tal tarea ,con toda la normativa que lo regula
4) El comercio que brinda el servicio de Delivery deberá tener un registro de repartidores donde deben figurar los siguientes datos:
* Fecha y hora del reparto.
* Dirección de destino.
* Apellido y nombre del repartidor
* Identificación del chaleco del repartidor
5) Los alimentos elaborados deberán utilizar envases de primer uso a los fines de proteger al alimento y evitar el derrame o vuelco durante el transporte.-
6) Para estos repartidores será de uso obligatorio el uso de un chaleco refractario, rojo, que deberá tener las siguientes inscripciones.
a) Numero o código de identificación (designado Por la dirección de comercio) que deberá ser visible (20 cm o más) en la espalda de color blanco refractario,
b) esta misma inscripción deberá figurar en la caja térmica. Junto con el número de habilitación de la misma, y nombre de la empresa que representa.
B – Documentación – El conductor del transporte deberá llevar consigo y en el momento de la inspección:
1) Licencia de conducir.
2) Documentación del vehículo
3) Seguro obligatorio.
Libreta Homologada por este Municipio y donde deberán constar los siguientes datos:
4) Nº de Libreta sanitaria.
5) Habilitación de transporte de sustancia alimenticia y de la caja térmica.-
6) Autorización para circular del vehículo , otorgada por el Departamento de tránsito.
Bajo la premisa de dar cumplimiento a la resolución mencionada anteriormente el cuerpo de inspectores lleva adelante la tarea de controlar el cumplimiento de la normativa.