Que actividades se permitieron en La Punta durante el aislamiento en Fase 1

La vez que se aplicó la fase 1 en nuestra ciudad, el municipio a través del Decreto N° 505/20, estableció que los comercios considerados esenciales eran:

Supermercados, mini mercados, almacenes, despensas, venta de productos alimenticios sueltos, fiambrerías, panaderías, maxi kioscos, Kioscos, carnicerías, verdulerías, pollerías, heladería, rotisería, pizzerías, hamburgueserías, restaurantes, resto-Bar, ferreterías, veterinarias, envasado y distribución de agua de mesa, farmacias, medios radiales, lavanderías, estaciones de servicios, servicio de Taxi, servicios postales. Reparto a Domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, limpieza y otros insumos de necesidad. Cajeros automáticos, transporte de caudales, servicios funerarios (traslado).

☑️ Los establecimientos comerciales que elaboren comida detallados NO tuvieron permitido la apertura al público como tampoco servicio permanente de mesa, solo venta vía telefónica, electrónica y reparto a domicilio mediante la modalidad denominada delivery, en la franja horaria de 08:00 a 00:00 hs quienes debían contar con las medidas de seguridad e higiene necesarias (desinfectantes, guantes descartables, barbijos etc.)

En todos los casos se debió respetar el protocolo de trazabilidad.

☑️ Continuaron en actividad las cuadrillas de desinfección, recolección de residuos, mantenimiento y tratamiento de las plantas potabilizadoras y red cloacal. Personal de alumbrado público, comercio, bromatología y tránsito.

☑️ El Servicio de taxi, se le permitió circular con un pasajero y de corresponder un acompañante con motivo justificado, ambos en asiento trasero y respetando las normas de prevención dispuestas.

☑️ Servicio de urgencias que se autorizaron sin atención al público fueron: Gomerías, mecánica ligera en talleres mecánicos autorizados por el Dirección de Comercio y Transporte, prestando servicios solo a Vehículos oficiales y de personal afectado a tareas esenciales, veterinarias, mantenimiento de provisión de servicio de Internet, telefonía móvil, televisión aérea y por cable

☑️ Los ciudadanos sólo pudieron salir del domicilio para adquirir productos esenciales en comercios de cercanía, que no impliquen mayores desplazamientos de sus domicilios, siempre respetando el número de DNI con la fecha que le corresponde.

☑️ Siguió vigente el uso de tapaboca y distanciamiento obligatorio.

Solo hay que aguardar si en este caso, aplicarán las mismas medidas o se contemplaran algunas otras actividades.

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