SE APROBÓ LA LEY QUE ELIMINA LA CUARTA CATEGORIA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y QUE ERA IMPULSADA POR MASSA


El oficialismo consiguió la aprobación con 38 votos, 27 en contra y ninguna abstención.

El Senado aprobó el jueves la eliminación de la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias con 38 votos a favor, 27 en contra y ninguna abstención. De esta forma, el oficialismo, que contó con la vicepresidenta Cristina Kirchner encabezando el cierre de la sesión, logró su objetivo de que los trabajadores no paguen más ese impuesto.

El pasado 19 de septiembre, la Cámara de Diputados le había dado media sanción al proyecto con 135 votos a favor y 103 en contra. En aquella oportunidad, los diputados de Juntos por el Cambio (JxC) votaron en contra y contra ellos apuntó el ministro de Economía y candidato a presidente de Unión por la Patria (UP), Sergio Massa. “Dije ‘si soy presidente voy a plantearlo por ley’. Me contestaron ‘mandá la ley ahora que te la votamos’, la mayoría de los dirigentes de la oposición. Y cuando mandamos la ley cambiaron de opinión”, dijo el ex presidente de la Cámara de Diputados en diálogo con C5N.

A pesar de su visión sobre la oposición, Massa había celebrado la media sanción. “Es una satisfacción porque hace 11 años vengo planteando que el impuesto al trabajo no es un impuesto razonable porque en realidad el salario no es ganancia, es remuneración. Es el pago por una tarea que vos realizás”, expresó.

La iniciativa que reforma el impuesto a las Ganancias crea además un nuevo gravamen sobre los ingresos a partir de un monto equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), con una alícuota progresiva sobre el excedente que va del 27% al 35%, que se actualizará de manera semestral en base a la evolución del SMVM. Los puntos principales del proyecto contemplan además, la creación de un nuevo “impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros”.

De esta forma, quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos. En el caso de los mayores haberes a 15 salarios mínimos vitales y móviles, las alícuotas irán desde el 27% hasta el 35%.

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