Desde del 1º de agosto sólo será válido el nuevo DNI

A partir del primer día de agosto, el DNI tarjeta y los confeccionados digitalmente serán los únicos documentos válidos y serán caducos todos los ejemplares de realizados en forma manual, como la libreta de enrolamiento, libreta Cívica, DNI tapa verde, DNI tapa bordó y celeste.

El trámite de renovación debe hacerse en el Registro Civil de cada localidad o en la sede central del Registro Civil.

Únicamente están exceptuados de realizar esos trámites los mayores de 75 años y las personas declaradas judicialmente incapaces, salvo que deseen salir del país, en cuyo caso tendrán que efectuar dicha renovación.

Requisitos

* Nuevo ejemplar por extravío: hay que llevar la denuncia policial por extravío.

* Nuevo ejemplar por inutilización: es preciso presentar el DNI de confección manual.

* Actualización para menores 5/8 años: debe estar acompañado por uno de sus padres y presentar acta de nacimiento original con sellos de certificación correspondientes.

* Actualización mayor cumplidos los 14 años: debe presentar acta de nacimiento original con sellos de certificación correspondientes en buen estado (no fotocopia). Podrá concurrir solo y presentar DNI y acta de nacimiento original.

* Las personas con 18 años: presentarán acta de nacimiento original y DNI de padre o madre. A falta del DNI de los progenitores por la razón que fuere, deberá traer dos testigos mayores de 18 años con DNI que acrediten la identidad de la persona que realizará el trámite, bajo Declaración Jurada de Identidad.

* Los mayores de 21 años: presentarán DNI, partida de nacimiento y dos testigos mayores de 18 años con DNI, quienes efectuarán una Declaración Jurada de Identidad de la persona que realiza el trámite.

También te podría gustar...